Cómo hacer un recibo de alquiler
El recibo de alquiler es la prueba de que un mes está pagado. Le cuesta un minuto al arrendador y resuelve por adelantado las discusiones que después serían la palabra de uno contra la del otro.
Identifica al arrendador y al inquilino, indica la dirección de la vivienda, el periodo cubierto, la renta y los gastos por separado, el total recibido y la fecha del pago. Fírmalo y entrégalo al inquilino.
Rellenar el modelo gratisPaso a paso
- Identifica a las partes y la vivienda
El arrendador que cobra, el inquilino que paga, y la dirección completa de la vivienda alquilada.
- Fija el periodo
El mes, o las fechas exactas, que cubre el pago. Un recibo por periodo mantiene el historial limpio.
- Separa renta y gastos
La renta sin gastos en una línea, los gastos en otra, el total debajo. Esa separación importa en cuanto uno de los dos importes se recalcula.
- Fecha, firma y entrega
Añade la fecha en que el dinero llegó de verdad, firma, y entrega el recibo a tu inquilino.
Cuándo puede exigirlo el inquilino
La ley de arrendamientos urbanos prevé que el arrendador entregue un recibo del pago, salvo que se haya pactado otro medio que deje constancia, como la transferencia bancaria. La entrega del recibo no puede suponer un coste añadido para el inquilino.
Los inquilinos lo necesitan más a menudo de lo que los arrendadores imaginan: ayudas al alquiler, solicitudes de préstamo y candidaturas a otra vivienda piden los últimos meses.
Solo por lo que se ha pagado realmente
Un recibo acredita que se ha recibido una cantidad. Si el inquilino ha pagado solo una parte de la renta, escribe el importe realmente recibido y di qué cubre.
No firmes nunca por el total «para simplificar»: el recibo probaría entonces un pago que no se ha producido, y es el inquilino quien lo conserva.
Mantener la serie completa
Emite un recibo al mes, en orden, y guarda copia de cada uno. Un hueco en la serie es lo que convierte una pregunta sencilla en un litigio.
Una serie completa es la respuesta más simple a una discusión sobre impagos, y mantenerla cuesta alrededor de un minuto al mes.
Preguntas frecuentes
¿Está obligado el arrendador a dar recibo?
En general sí, salvo que se haya acordado otro medio de pago que deje constancia por sí mismo, como la transferencia. Aun cuando sea opcional, emitirlo conviene a las dos partes.
¿Puedo enviarlo por correo electrónico?
Sí, un PDF por correo sirve y es ya lo habitual. Conviene acordarlo una vez con el inquilino y dejar constancia de que acepta recibir sus documentos por vía electrónica.
¿Y si el inquilino paga tarde?
Fecha el recibo el día en que el dinero llegó, no el día en que vencía. El recibo constata lo que ocurrió; el retraso es una conversación aparte.