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Convocatoria de junta de propietarios

Convoca la junta de tu comunidad con lo que exige el artículo 16 LPH: orden del día, primera y segunda convocatoria y relación de morosos. Gratis, sin registro.

Eres el presidente o el administrador y convocas la junta. Escribe un punto por línea en el orden del día: la junta no puede acordar nada que no esté convocado. El documento incluye la segunda convocatoria y la relación de propietarios privados del voto por deuda pendiente.

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La junta ordinaria se convoca con al menos seis días de antelación; la extraordinaria, con la antelación que permita que llegue a conocimiento de todos. La citación se entrega en el domicilio que cada propietario haya designado y, en su defecto, en el piso o local del edificio; solo si eso resulta imposible cabe el tablón de anuncios. Si convocas la segunda convocatoria el mismo día, debe mediar al menos media hora respecto de la primera; si no, hay que convocar de nuevo dentro de los ocho días naturales siguientes, con tres días de antelación. Un acuerdo sobre un asunto que no figure en el orden del día es impugnable, igual que la junta a la que no se convocó a un propietario.

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Eres el presidente o el administrador y convocas la junta. Escribe un punto por línea en el orden del día: la junta no puede acordar nada que no esté convocado. El documento incluye la segunda convocatoria y la relación de propietarios privados del voto por deuda pendiente.

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Preguntas frecuentes

¿Con cuánta antelación hay que convocar?

La junta ordinaria se convoca con al menos seis días de antelación. La extraordinaria, con la que permita que pueda llegar a conocimiento de todos los interesados; si es urgente, puede celebrarse sin ese plazo siempre que la junta lo acepte al constituirse.

¿Puede la junta acordar algo que no esté en el orden del día?

No. Los acuerdos sobre asuntos no incluidos en la convocatoria son impugnables. Por eso conviene redactar cada punto con precisión y añadir «ruegos y preguntas» solo para lo que no exija votación.

¿Este documento es gratuito?

Sí. El generador de convocatoria de junta de propietarios es totalmente gratuito, sin cuenta, sin marca de agua y sin límite de documentos.

¿Se envían mis datos a algún sitio?

No. El formulario se convierte en PDF dentro de tu navegador: tus datos no salen del dispositivo y no se guarda nada.

¿Puedo modificar el documento después?

Sí. Descarga el PDF o ábrelo directamente en el editor para ajustar el texto, añadir un logotipo o firmarlo a mano.